La nueva normativa de la provincia de Buenos Aires crea el marco legal para la generación distribuida comunitaria. Cuáles son las ventajas de la iniciativa.
La provincia de Buenos Aires dio otro paso clave en materia energética al habilitar el Reglamento de Generación Distribuida Comunitaria, que establece un marco para la producción de energía eléctrica renovable con destino al autoconsumo y a la venta de excedentes a la red de distribución.
Los detalles de la medida sobre energía renovable
El reglamento aprobado se enmarca en la Ley N° 11.769, que reconoce a los autogeneradores como agentes de la actividad eléctrica, y en la Ley N° 15.325, que declara de interés provincial la generación distribuida de energía a partir de fuentes renovables y adhiere a los beneficios promocionales, impositivos y fiscales previstos por la Ley Nacional N° 27.424.
Entre los principales aspectos, se establece que los proyectos de Generación Distribuida Comunitaria podrán organizarse mediante acuerdos privados de voluntades o a través de personas jurídicas constituidas al efecto, debiendo quedar expresamente definida la participación de cada integrante, lo que determinará el porcentaje de acreditación de los ingresos derivados de la inyección de energía a la red.
Asimismo, se dispone que los Usuarios-Generadores, tanto individuales como comunitarios, deberán inscribirse en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER). A partir de dicha inscripción y del cumplimiento de la documentación exigida, se emitirá el certificado correspondiente que habilitará el acceso a los beneficios impositivos y fiscales.
El RUGER deberá comunicar mensualmente a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) la emisión de los certificados, así como las modificaciones o bajas que se produzcan, a fin de que se registren las exenciones impositivas otorgadas.
Fuente: Agencia DIB

